Los estudiantes que no logren los niveles esperados en aquellas unidades curriculares que no tengan su correlativa superior acreditarán mediante una prueba especial en los meses de febrero, julio, setiembre y diciembre.
Dicha prueba será elaborada por los
docentes en el marco del espacio curricular de octavo al que pertenece
la unidad, teniendo en cuenta lo trabajado y registrado por el docente
del curso.